reclamar ingresos indebidos

¿Qué debe hacer un autónomo para reclamar ingresos indebidos por tarifa plana?

Sí, es cierto, después de que el Tribunal Supremo apelara a favor de los autónomos, quienes reclamaban a Seguridad Social los ingresos indebidos por la tarifa plana, estos societarios o trabajadores independientes pueden beneficiarse de dicha bonificación.

Pero ¿cómo puede un autónomo reclamar ingresos indebidos por tarifa plana? Pues aquí te diremos qué hacer. No es difícil, pero sí es importante conocer todo el tema.

¿Cómo hacer el reclamo?

Primero que nada, hay que saber que para declarar el derecho a tarifa plana debes ser un autónomo dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

También aquellos autónomos a quienes desde un principio se les negó la posibilidad de hacer el cobro de esta bonificación y que por alguna razón no recurrieron. Los trabajadores por cuenta propia que sí recurrieron y cuya petición está en proceso pueden hacer el reclamo.

Hacer la reclamación implica acudir a la vía jurídica; es decir, ir directamente a la administración que corresponde.

Si esta Administración niega la petición, el solicitante enviará lo que legalmente se conoce como recurso de súplica. Pero si aún la respuesta no favorece al autónomo, este tendrá que presentar un recurso contencioso administrativo, pero en tribunales.

Para hacer el reclamo es fundamental la presentación del formulario de solicitud de devolución de ingresos indebidos. Además, es importante conocer en cuál Administración corresponde hacer el reclamo, visitando la página de Seguridad Social.

¿Desde cuándo se puede recuperar ese dinero?

Muchas dudas han surgido al respecto. Pero se entiende que la devolución del dinero por concepto de tarifa plana debe hacerse desde 2016, aunque esta exista incluso desde 2013.

Esto solo quiere decir que aquellos autónomos societarios que se dieron de alta en septiembre de 2016 tienen derecho de esta bonificación.

¿Cuánto dinero puede ser devuelto?

De acuerdo con algunos cálculos realizados por los organismos competentes, la devolución por concepto de tarifa plana oscila los 4.000 euros; no obstante, se habla de que el problema está en la base que se va a seleccionar.

Un autónomo societario cotiza mensualmente 367,84 euros, siendo su base mínima 1.214,10 euros. Pero un autónomo persona física puede cotizar hasta 283,30 euros, con una base mínima de 944,35 euros.

Tomando en cuenta la base mínima del autónomo societario, la devolución de tarifa plana sería de 85 euros durante el primer año; y de 60 euros para persona física durante los primeros 12 meses.

Si eres un autónomo que desea reclamar la devolución de ingresos indebidos por tarifa plana, es recomendable contar con apoyo de personas expertas en la materia.  Ya que perderá menos tiempo y obtendrá resultados satisfactorios, si necesitas asesoría en Zaragoza, la buena noticia es que hay opciones.

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